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¿Qué necesitas?

Para poder utilizar nuestra aplicación según la normativa vigente de Veri*factu es necesario que tengas tu equipo con un sistema operativo actualizado (windows 10 – windows 11) y un certificado digital a nombre del obligado tributario.

 

Verifactu: qué es y cómo afecta a tu facturación

La entrada en vigor del nuevo sistema Verifactu sigue acercándose: se trata de una de las novedades que implica el desarrollo de la Ley Antifraude para las empresas y su objetivo es aportar transparencia al proceso de facturación. Los obligados tributarios o empresas podrán remitir voluntariamente de forma automática y por medios electrónicos sus registros de facturación a la AEAT. Te contamos en qué consiste Verifactu y cómo prepararte para su llegada.

 

Qué es el sistema Verifactu

Verifactu es un sistema impulsado por la Agencia Tributaria que tiene el objetivo de luchar contra el fraude fiscal e impulsar la digitalización y automatización de los procesos de fiscalidad empresarial. Afecta directamente a empresarios que utilicen aplicaciones informáticas para el cumplimiento de la obligación de facturación ya que deberán generar un registro de facturación de alta de forma simultánea o inmediatamente anterior a la expedición de la factura.
Los obligados tributarios que utilicen aplicaciones informáticas para el cumplimiento de la obligación de facturación podrán remitir voluntariamente a la Agencia Estatal de Administración Tributaria todos los registros de facturación generados por dichos sistemas informáticos cumpliendo con las especificaciones técnicas que se establezcan para la remisión. También las aplicaciones deberán poder enviar dichos registros si la AEAT los solicita.

 

Características del sistema Verifactu

Las aplicaciones informáticas de facturación deberán disponer de una declaración responsable, confirmando que cumplen con lo dispuesto en el Reglamento de requisitos para soluciones informáticas de facturación y que cumple las especificaciones que, en su desarrollo, se aprueben mediante Orden Ministerial.

  • Generar un registro de facturación para cada nueva factura emitida, así como en caso de anulación o rectificación.
  • Garantizar la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad e inalterabilidad de los registros de facturación.
  • Permitir enviar de forma automática cada registro de facturación a Hacienda. Se trata de la opción más cómoda y recomendada por la Administración, y es la que se denomina Sistema Verifactu y que permite asegurar que se consideran cumplidos los requisitos del artículo 29.2 j) de la LGT de integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros generados por sistemas informáticos de facturación. En caso de que no se quiera realizar envío automático a la AEAT las aplicaciones deberán guardar de forma segura los registros de facturación, aunque la AEAT podrá requerir que se consideren cumplidos todos los requisitos anteriores y podrá obtener copia de la información conservada a demanda.
  • Registrar determinados eventos para permitir la trazabilidad de la actividad en el programa de facturación. Este registro de eventos no podrá ser alterado y deberá conservarse hasta que prescriban las obligaciones tributarias.

 

Cuándo entra en vigor Verifactu

En cuanto a cuándo es obligatorio Verifactu, el Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre ya ha sido aprobado, y aunque queda esperar a la Orden Ministerial que lo desarrolle y atender al periodo de adaptación que en él se defina, los obligados tributarios deberán estar adaptados con anterioridad al 29 de julio de 2025.

 

Opciones según tipo de cliente y fecha

Antes de 29/7/2025 A partir de 29/7/2025
Nuevo cliente (obligado a expedir facturas) del fabricante de SIF Puede decidir entre:

a) Contratar y usar un SIF no adaptado (si el fabricante lo oferta).
b) Contratar y usar un SIF adaptado (si el fabricante lo oferta).

Solo puede contratar un SIF adaptado (el fabricante está obligado a ofertar únicamente productos adaptados).
Cliente «antiguo» con contrato de mantenimiento en vigor Puede decidir entre:

a) Seguir usando un SIF no adaptado que tuviera, sin actualizarlo, o contratar otro SIF no adaptado (si el fabricante dispone de estas posibilidades).
b) Contratar un SIF adaptado (si el fabricante lo oferta).

Puede decidir entre:

a) Seguir usando el SIF no adaptado que tenía, sin actualizarlo (si el fabricante ofrece esta posibilidad) hasta que le toque cumplir con el RRSIF (1/1/2026 o 1/7/2026).
b) Actualizar el SIF no adaptado que tenía a una versión adaptada, o contratar y usar un nuevo SIF adaptado (el fabricante está obligado a ofertar solo «nuevos» productos adaptados).

 

¿A quién afecta Verifactu?

El nuevo sistema Verifactu afectará a todos los contribuyentes que desarrollen actividades económicas, tanto si están sujetos a IRPF como si lo están al Impuesto sobre Sociedades.
Eso sí, ten en cuenta que este proyecto no se aplicará en los territorios forales (donde existen sistemas propios) y que también quedan fuera de esta normativa las empresas que ya estén acogidas al SII.

 

¿Cómo se identifica las facturas Verifactu?

Existen determinadas características que permitirán identificar las facturas Verifactu. Son las siguientes:

  •  Código QR. Las facturas Verifactu deberán incorporar necesariamente un código QR que contendrá una serie de datos identificativos.
  • Referencia al sistema Verifactu. Las facturas también deberán indicar expresamente que han sido generadas mediante un sistema de emisión de facturas verificables, mediante la expresión «Veri*Factu».
  • Envío de información a Hacienda. La factura Verifactu permitirá su envío a la Agencia Tributaria a través de un dispositivo de lectura para código QR.
  • Registro de eventos. Además de todo ello, deberá existir como respaldo un registro de cada factura y evento.

 

Ventajas del sistema Verifactu

Son muchas las ventajas de facturar a través de un sistema Verifactu, tanto para quienes emiten como para quienes reciben facturas.

  • Se trata de un sello de confianza. Si un cliente recibe un factura Verifactu tendrá la certeza de que la empresa o profesional que la emite se encuentra al día en sus obligaciones con Hacienda y trabaja de forma transparente.
  • Facilitará la labor contable. Dado que toda la facturación podrá llegar de forma automática a Hacienda, en un futuro será posible que parte o la totalidad de los modelos tributarios puedan presentarse de forma más sencilla, dado que toda la información de las facturas emitidas de la empresa ya constará en los registros de la Agencia Tributaria.
  • Promueve una economía más transparente. La lucha contra el fraude se vuelve mucho más sencilla a través de este tipo de sistemas, que obligan a la totalidadde empresarios y profesionales con actividad económica a acogerse a sus exigencias. Ello permite estrechar el cerco contra la economía sumergida.
  • Ahonda en la digitalización y unifica procesos. Sabemos que los procesos de digitalización son imparables y que su implantación permite ahorrar tiempo y dinero.